martes, 11 de diciembre de 2012
Protección de datos (LOPD)
¿Cómo afecta la normativa de protección de datos al departamento de recursos humanos de la empresa?
Este artículo pretende poner de manifiesto los aspectos más trascendentes que en el ámbito de un departamento de recursos humanos de una empresa se deben tener en cuenta para cumplir con las exigencias establecidas por la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
En primera fase, se debe analizar los datos de carácter personal que puede llegar a manejar un departamento de recursos humanos. En un sentido amplio, en un departamento de recursos humanos existe una gran variedad de datos personales tales como: datos identificativos, datos académicos, datos profesionales, datos económicos, datos formativos, datos sindicales, datos de salud, datos de absentismo laboral... etc.
En segundo lugar, se debe agrupar dichos datos en función de las finalidades a las que responden (entre otros criterios posibles), dando lugar a lo que la Ley Orgánica de Protección de Datos denomina “fichero”1. Por tanto, se puede concluir que en un departamento de recursos humanos pueden obrar ficheros muy diversos entre otros y a modo de ejemplo, “Nóminas” “Remuneraciones”, “Candidatos”, “Prevención de Riesgos Laborales”, “Control Horario”, “Seguridad”, “Vacaciones”... etc.
Una vez realizada esta fase de análisis y determinación de los distintos tipos de datos personales y como pueden ser agrupados, se procede a examinar, a grandes rasgos, cada uno de los requisitos principales que se han de tener en cuenta para cumplir con la normativa de protección de datos de carácter personal.
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